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FAQ

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Homologacion de Titulos

En aplicación del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre (B.O.E. de 22 de noviembre), la homologación y declaración de equivalencia de títulos extranjeros de educación superior a títulos de Grado y Máster debe solicitarse ante el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. El plazo para resolver es de 6 meses.

El citado Real Decreto 967/2014 establece las normas relativas a las condiciones y el procedimiento para:

- La homologación de títulos extranjeros de educación superior a los correspondientes títulos oficiales universitarios españoles de Grado y Máster que den acceso a profesión regulada en España, y cuya posesión sea condición necesaria para el acceso a la misma.

- La equivalencia de títulos extranjeros de educación superior a las titulaciones universitarias oficiales de las ramas de conocimiento y campos específicos recogidos en su anexo II y al nivel académico de Grado o Máster.

Más información en el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

 

EQUIVALENCIA A NIVEL ACADÉMICO DE DOCTOR

Corresponde a las Universidades españolas la declaración de equivalencia de los títulos extranjeros de educación superior al nivel académico de Doctor (Disposición adicional quinta del RD 967/2014), pudiendo presentar el interesado su solicitud en la Universidad de Zaragoza en:

Sección de la Escuela de Doctorado

Pedro Cerbuna 12 - 50009 Zaragoza

Tel. + 34 976 761045

docto@unizar.es