Homologacion y Equivalencia de Titulos
TÍTULOS DE GRADO Y MÁSTER
En aplicación del Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, la homologación y declaración de equivalencia de títulos extranjeros de educación superior a títulos de Grado y Máster debe solicitarse ante el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. El plazo para resolver es de 6 meses.
Este real decreto tiene como objeto la ordenación de las condiciones, los requisitos y los procedimientos para el reconocimiento de títulos de educación superior obtenidos en sistemas educativos extranjeros con relación a los títulos universitarios oficiales correspondientes en España. Para ello se establecen dos procedimientos específicos:
a) La homologación de títulos obtenidos en el marco de sistemas de educación superior extranjeros a un título universitario oficial español, cuando este título sea habilitante y conduzca al ejercicio de una profesión regulada por la normativa vigente a tal efecto en España.
b) La declaración de equivalencia de títulos obtenidos en el marco de sistemas de educación superior extranjeros a un nivel académico oficial español de Grado y Máster Universitario, sin que ello habilite para el ejercicio de una profesión regulada en España.
Más información en el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades
Guía del usuario para el trámite de Equivalencia de títulos universitarios extranjeros en Sede Electrónica
TÍTULOS DE DOCTOR
Corresponde a las Universidades españolas la declaración de equivalencia de los títulos extranjeros de educación superior al nivel académico de Doctor (Disposición adicional quinta del RD 967/2014), pudiendo presentar el interesado su solicitud en la Universidad de Zaragoza en:
Sección de la Escuela de Doctorado
Pedro Cerbuna 12 - 50009 Zaragoza
Tel. + 34 976 761045
Más información en la Sección de la Escuela de Doctorado